Actualización del libro de familia tras la pérdida de uno o varios miembros

Hermanos

Uno de los trámites necesarios a realizar cuando una persona fallece es actualizar el libro de familia. Es cierto que ya son muchas familias las que no cuentan con un libro físico, ya que desde el 21 de julio de 2011, se aprobó la Ley 20/11 que sustituye al libro de familia convencional por uno digital. Este nuevo documento consiste en un modelo individual digital que contiene los datos de una persona y de su familia.

Aunque desde el año 2011 no se emiten libros de familia físicos, los que se emitieron con anterioridad a esta fecha, siguen rigiéndose por la ley del 30 de abril de 2021 y continúan teniendo validez legal, aunque no estén actualizados.

La actualización del libro de familia se realiza en el Registro Civil de la localidad residente, para que sea posible registrar la baja y emitir el certificado de defunción. No es un trámite que se deba hacer nada más fallecer una persona, pero si es importante tenerlo en cuenta para realizarlo lo antes posible. 

¿Cómo se actualiza el libro de familia?:

Existen varios pasos a seguir:

  1. Obtener el Certificado Médico de Defunción: este documento se solicita teniendo en posesión el DNI o pasaporte de la persona fallecida. Para facilitar este trámite, en Funersierra nos encargamos de las gestiones para ahorrar tiempo a los familiares en estos duros momentos. 
  2. Adjuntar declaración firmada por un familiar: junto con el documento anteriormente citado y contiene los datos personales de la persona fallecida y los datos del firmante que lo solicita.
  3. Noticiar al juzgado y al Registro Civil: presentar el libro de familia en el Registro Civil para que registren la baja de la persona o personas correspondientes que han fallecido. 

Siguiendo estos pasos obtendrán el libro de familia actualizado, en el que quedará registrada la baja de la persona fallecida de manera inmediata. 

¿Qué ocurre cuando una persona fallece fuera de su localidad?:

En el caso de que una persona fallezca fuera del territorio español, es necesario realizar las gestiones específicas en el consulado español y continuarlas en el Registro Civil de la localidad española que corresponda. 

Para conocer más información puede consultar con Funersierra para que facilitemos todos los trámites legales e incluso podamos hacernos cargo del traslado del cuerpo de persona fallecida tanto de manera nacional como internacional. Puede conocer más detalles sobre este servicio en nuestro artículo denominado “Funersierra no conoce fronteras: traslados nacionales e internacionales”. 

Además de este trámite necesario cuando fallece una persona, es imprescindible realizar otras gestiones como la solicitud del Certificado de Últimas Voluntades, tramitación de pensiones de orfandad o viudedad (en el caso que sea necesario), notificación del fallecimiento a entidades bancarias junto con la anulación de contratos o servicios contratados, baja en la Seguridad Social o la tramitación de herencias, entre otros. Numerosos trámites que en muchas ocasiones suponen una gran dificultad para las familias. En Funersierra contamos con un amplio equipo experimentado que pueda facilitar a los familiares la solicitud y gestión de todos ellos. Estamos aquí para lo que necesiten. 

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